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¿Qué son las retenciones y percepciones?

Qué son las retenciones y percepciones

En Argentina, el sistema tributario emplea una variedad de herramientas para garantizar el flujo constante de ingresos al Estado. Entre ellas, las retenciones y percepciones son mecanismos cruciales que permiten adelantar el cobro de impuestos a través de los propios contribuyentes.

Estos instrumentos cumplen dos funciones esenciales:

  1. Recaudación anticipada: Los impuestos se cobran antes de que el contribuyente liquide su obligación.
  2. Control fiscal: Reducen el riesgo de evasión tributaria al involucrar agentes intermediarios en la recaudación.

Por ejemplo, si una empresa realiza un pago a un proveedor (retención) o emite una factura a un cliente (percepción), el Fisco asegura que parte del impuesto ya sea recaudado, aunque este aún no haya vencido formalmente.

Estos mecanismos son fundamentales para la estabilidad fiscal, pero su correcta aplicación requiere un conocimiento claro por parte de los agentes y contribuyentes involucrados.


Diferencias clave entre retenciones y percepciones

Aunque retenciones y percepciones suelen mencionarse juntas, tienen diferencias claras en términos de quién las aplica, cuándo y cómo:

1. Retenciones

  • Momento: Se aplican en el pago de bienes o servicios.
  • Responsable: El agente de retención descuenta un porcentaje del monto que debe pagarle a su proveedor.
  • Ejemplo: Una empresa compra insumos por $100.000 y retiene $10.000 como adelanto del impuesto correspondiente. El proveedor recibe $90.000 y podrá deducir los $10.000 en su liquidación fiscal.

2. Percepciones

  • Momento: Se generan al momento de la facturación.
  • Responsable: El agente de percepción agrega un monto adicional al precio del producto o servicio facturado.
  • Ejemplo: Un comercio factura $120.000 a un cliente, incluyendo $5.000 como percepción. Este monto será deducido por el cliente en su declaración fiscal.

Ambos mecanismos tienen como objetivo anticipar el pago de impuestos, pero su aplicación varía según la etapa de la operación.


El rol de los agentes de retención y percepción

Los agentes de retención y percepción son figuras clave en el sistema tributario argentino. Estos contribuyentes son designados específicamente por organismos como la ATER (Administradora Tributaria de Entre Ríos) o ARBA (Agencia de Recaudación de Buenos Aires) para actuar como intermediarios.

Obligaciones principales:

  1. Retener o percibir los montos correspondientes: Según los parámetros definidos por la normativa fiscal.
  2. Registrar todas las operaciones realizadas: Manteniendo un control claro de las retenciones y percepciones practicadas.
  3. Presentar declaraciones juradas mensuales: A través de sistemas como el SIRCAR o plataformas provinciales similares.
  4. Ingresar los montos retenidos o percibidos al Fisco: Cumpliendo con los plazos establecidos.

¿Quiénes pueden ser agentes?

  • Empresas con gran volumen de operaciones.
  • Comercios de cierto nivel económico o administrativo.
  • Profesionales designados por la normativa local.

El incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones severas, incluyendo multas y responsabilidad solidaria por los montos no ingresados.


Marco normativo en Entre Ríos: Resoluciones 208/24 y 234/24

En la provincia de Entre Ríos, las resoluciones 208/24 y 234/24 establecen el régimen de retenciones y percepciones aplicable.

Aspectos destacados de la normativa:

  1. Designación de agentes:
    • Cada semestre, la ATER publica la lista actualizada de agentes obligados a practicar retenciones y percepciones.
    • Esta lista se encuentra disponible en el Boletín Oficial y en el sitio web de la ATER.
  2. Declaraciones mensuales:
    • Los agentes deben utilizar el sistema SIRCAR para presentar declaraciones juradas detallando las operaciones realizadas.
  3. Responsabilidad solidaria:
    • Si el agente no cumple con su obligación de retener o percibir, será responsable directo ante el Fisco por los montos no ingresados.

Estas normativas refuerzan la importancia de una gestión adecuada y el uso de herramientas digitales para cumplir con las obligaciones fiscales.


Obligaciones de los agentes: Declaraciones, pagos y aplicativos

El cumplimiento de las obligaciones fiscales no solo es un requisito legal, sino que también garantiza la transparencia y la confianza en el sistema tributario.

Pasos clave para los agentes:

  1. Identificar operaciones sujetas a retención/percepción:
    • Verificar si la operación alcanza los umbrales establecidos por la normativa vigente.
  2. Generar declaraciones juradas:
    • Las declaraciones deben realizarse mensualmente a través de plataformas como SIRCAR.
    • Estas deben detallar las operaciones, los montos retenidos o percibidos, y el importe ingresado al Fisco.
  3. Realizar los pagos correspondientes:
    • Los montos retenidos o percibidos deben ser depositados en tiempo y forma.
    • La omisión puede derivar en multas e intereses por mora.
  4. Conservar registros claros:
    • Tanto las facturas como las constancias de retención/percepción deben mantenerse disponibles para auditorías.

Responsabilidad solidaria: Implicancias legales para los agentes

El concepto de responsabilidad solidaria implica que el agente designado es responsable directo del cumplimiento fiscal.

¿Qué implica?

  • Si un agente no practica la retención o percepción correspondiente, deberá responder ante el Fisco con su propio patrimonio.
  • Una vez retenido o percibido el monto, el agente es el único responsable de ingresarlo al organismo recaudador.

Esta disposición busca asegurar que los montos correspondientes sean efectivamente ingresados al sistema tributario.


Retenciones y percepciones en el contexto fiscal actual

El uso de retenciones y percepciones ha ganado importancia en un contexto económico caracterizado por la necesidad de optimizar la recaudación.

Desafíos para los contribuyentes:

  • Carga administrativa: Las obligaciones mensuales pueden ser complejas y demandar recursos adicionales.
  • Impacto en el flujo de caja: Tanto las retenciones como las percepciones afectan la liquidez de las empresas.

Beneficios para el Fisco:

  • Garantiza un flujo constante de ingresos fiscales.
  • Mejora el control tributario y combate la evasión.

¿Qué son las retenciones y percepciones?

Las retenciones y percepciones son herramientas fiscales diseñadas para adelantar la recaudación de impuestos mediante la intervención de los propios contribuyentes como agentes de recaudación. Estos mecanismos permiten al Fisco garantizar un flujo continuo de ingresos antes de que los impuestos sean declarados formalmente.

En términos prácticos:

  • Retenciones: Son deducciones realizadas por un cliente sobre el monto a pagar al proveedor al momento del pago.
  • Percepciones: Son valores adicionales que el proveedor suma a la factura del cliente en el momento de la compra o contratación.

Ambos conceptos son pagos a cuenta que los contribuyentes pueden computar en sus declaraciones juradas. Sin embargo, su impacto en el flujo de caja y la carga administrativa los convierte en elementos importantes a gestionar cuidadosamente.


I – Panorama general de retenciones y percepciones

Las retenciones y percepciones se consolidaron como herramientas esenciales para adelantar la recaudación de impuestos nacionales, provinciales y municipales. Estas prácticas incluyen una amplia gama de normativas y regímenes que afectan tanto a empresas como a personas físicas.

Retenciones

Los regímenes de retención abarcan impuestos como:

  1. Impuestos nacionales: IVA, Ganancias y Contribuciones de Seguridad Social (SUSS).
  2. Impuestos provinciales: Ingresos Brutos, con normativas específicas para cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El cliente, actuando como agente de retención, deduce un monto del total a pagar y lo deposita en el Fisco. Este procedimiento requiere la emisión de un certificado de retención que debe incluir:

  • Fecha y número de comprobante.
  • Detalles del agente (nombre, CUIT, dirección) y del retenido.
  • Importe retenido y normativa aplicable.

Percepciones

Por otro lado, las percepciones las realiza el proveedor al emitir la factura, adicionando un monto al valor del producto o servicio. Estas son comunes en:

  • IVA: Según la operación y normativa específica.
  • Ingresos Brutos: Aplicables en las distintas jurisdicciones provinciales.
  • Operaciones bancarias y aduaneras: Donde los bancos y la Dirección General de Aduanas actúan como agentes de percepción.

II – Regímenes de recaudación de IVA

El IVA es uno de los impuestos más relevantes dentro de los regímenes de recaudación, con normativas específicas para retenciones y percepciones.

Percepciones de IVA

  • La alícuota general es del 3% sobre el monto neto de la operación.
  • Excepciones: Para operaciones con una alícuota de IVA del 10,50%, la percepción se reduce al 1,50%.

Retenciones de IVA

  • Sobre compraventas de cosas muebles, se retiene el 50% del IVA discriminado en la factura.
  • Para prestaciones de servicios, la retención asciende al 80%.

Los agentes de retención tienen la obligación de consultar el archivo mensual de proveedores en el portal de la AFIP, donde se detalla la condición de cada contribuyente para determinar las alícuotas aplicables.


III – Regímenes de recaudación del Impuesto a las Ganancias

Los regímenes de retención de Ganancias están regulados por la RG 830 y abarcan diversas actividades.

Retenciones comunes:

  1. Alquileres:
    • Inscritos: 6%.
    • No inscriptos: Hasta 28%.
  2. Compraventa de bienes muebles:
    • Inscritos: 2%.
    • No inscriptos: 10%.
  3. Servicios profesionales:
    • Escala progresiva con alícuotas que comienzan en el 5% y llegan al 31%.

Dentro de los regímenes más habituales, se encuentran, entre otros:

RégimenAlícuota inscriptoAlícuota no inscriptoMínimo no sujeto a retención
Alquiler de inmuebles o bienes muebles6%25% personas humanas 28% demás sujetos$11.200.-
Venta de bienes muebles2%10%$224.000.-
Locaciones de obras y servicios que declaran por tercera categoría2%25% personas humanas 28% demás sujetos$67.170.-
Profesiones liberales y oficioss/escala28%$16.830.-

IV – Operaciones particulares y medios de pago

Retenciones y percepciones en operaciones bancarias

  • IVA: Se aplica una percepción del IVA sobre gastos bancarios (comisiones, intereses, etc.).
  • Ingresos Brutos: Los bancos retienen un porcentaje sobre las acreditaciones de fondos en cuentas corrientes o cajas de ahorro.

Billeteras electrónicas

Las plataformas como Mercado Pago actúan como agentes de retención aplicando:

  • 0,50% para responsables inscriptos.
  • Hasta 10,50% si el vendedor realiza operaciones habituales con montos superiores a $50.000 mensuales.

Operaciones con tarjeta de crédito/débito

  • Retención del 0,50% para tarjetas de débito.
  • Para tarjetas de crédito, se aplica una alícuota del 3%, salvo excepciones.

Percepciones en importaciones

  • La Aduana percibe un 20% del valor CIF más impuestos, cuando la alícuota del IVA es del 21%.
  • En bienes con IVA reducido (10,50%), la percepción baja al 10%.

V – Momento de cómputo y verificación de retenciones

Para los contribuyentes, las retenciones y percepciones pueden computarse como pagos a cuenta del impuesto correspondiente en el período fiscal en el que se practicaron.

Constatación de retenciones:

  • La AFIP ofrece el servicio “Mis Retenciones”, donde se verifica que los agentes hayan ingresado correctamente los montos retenidos o percibidos.
  • Si no se encuentran registradas, los contribuyentes pueden presentar reclamos a través del mismo servicio.

VI – Importancia de una buena gestión

El manejo adecuado de las retenciones y percepciones no solo garantiza el cumplimiento fiscal, sino que también optimiza el flujo de caja y evita sanciones. Contar con un software de gestión contable puede facilitar:

  • El registro y control de certificados.
  • La generación de reportes para declaraciones juradas.
  • La actualización constante sobre normativas aplicables.

Tipos de Percepciones

También existen regímenes de percepción: en ese caso, tu proveedor –actuando como agente- agregará un monto por este concepto en la factura o nota de débito, que sumará al total a pagar.

En este caso el comprobante es la misma factura y el emisor debe indicar el concepto de la percepción: es decir, de qué impuesto se trata y cuál es la norma aplicada.

Tu proveedor depositará el monto percibido de acuerdo a lo que indican las normas.
La percepción se efectúa en el momento de la compra y tú la pagas cuando cancelas la factura del proveedor.

Las percepciones más habituales que pueden aplicarte son:

  • Impuestos nacionales: IVA.
  • Impuestos provinciales: ingresos brutos de la jurisdicción que corresponda (hay una por cada provincia y la CABA).

Percepciones bancarias

También los bancos actúan como agentes pero tienen un régimen diferente para los impuestos provinciales.

De aquellos conceptos que el banco te cobre y lleven IVA como, por ejemplo, comisiones, gastos o intereses, aplicarán la tasa de IVA y además te cobrarán una percepción en concepto de IVA, que podrás computar a cuenta del impuesto.

Respecto del impuesto sobre los ingresos brutos, los bancos aplican, salvo excepciones, un porcentaje sobre las acreditaciones de fondos de tu cuenta. Cada vez que un cliente te paga o se acredita un cheque o recibes una transferencia, el banco te aplica esta percepción.

El comprobante de cómputo es el extracto bancario. Tú puedes saber qué porcentaje te aplicarán los bancos en cada mes y cómo se distribuye entre los distintos fiscos provinciales, a fin de poder computarlo. Para ello utilizarás el servicio Convenio multilateral – SIFERE WEB – Consultas, entrando con tu clave fiscal en la página www.afip.gob.ar.

Percepciones aduaneras

También la Dirección General de Aduanas actúa como agente de percepción, con su propia normativa.

En ese caso, si importas directamente la percepción se aplicará al momento de la nacionalización. Si compras a través de un courier internacional, será esta empresa la que te aplique las percepciones y te otorgue el comprobante correspondiente.

Administrar las percepciones y retenciones, abiertas por concepto, para aplicarlas en el impuesto correspondiente es una tarea importante que conviene simplificar y estandarizar con un sistema de gestión online. Un software contable te permitirá listar reportes de retenciones y reportes de percepciones.


Conclusión: ¿Cómo impactan las retenciones y percepciones en los contribuyentes?

Aunque son instrumentos clave para el sistema fiscal, las retenciones y percepciones representan un desafío para los contribuyentes. El cumplimiento adecuado requiere recursos, conocimientos técnicos y un manejo preciso de las herramientas digitales.

Para los agentes, la responsabilidad solidaria y las sanciones por incumplimiento destacan la importancia de una gestión eficiente. Sin embargo, cuando se cumplen correctamente, estos mecanismos pueden ser una oportunidad para mantener un control financiero organizado y transparente.

Con el asesoramiento adecuado, empresas y profesionales pueden convertir las retenciones y percepciones en una herramienta para fortalecer su relación con el sistema tributario.

También te recomiendo leer sobre las desventajas de las SAS en argentina.

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